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Derecho Penal

Compliance penal en 2026:
qué deben revisar las empresas

Castellana Law Firm
15 de diciembre de 2025
6 min de lectura
Compliance penal empresas medianas 2026

La Fiscalía General del Estado ha actualizado sus criterios sobre la eficacia eximente de los programas de cumplimiento normativo (compliance) en el marco de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Estos nuevos criterios resultan de aplicación inmediata y tienen un impacto directo en cómo las empresas medianas deben diseñar y gestionar sus programas de compliance.

El nuevo estándar de la Fiscalía

Según la circular de la Fiscalía, para que un programa de compliance resulte eficaz como eximente o atenuante de la responsabilidad penal de la persona jurídica, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Análisis de riesgos actualizado y específico para la actividad concreta de la empresa, revisado al menos anualmente.
  • Órgano de compliance independiente con capacidad efectiva de supervisión y acceso directo al consejo de administración.
  • Canal de denuncias que cumpla con los requisitos de la Directiva Whistleblowing (Directiva UE 2019/1937), incluyendo confidencialidad garantizada y prohibición de represalias.
  • Formación periódica del personal en materias de compliance, con registro documental.
  • Respuesta efectiva ante incumplimientos detectados: investigación interna, medidas disciplinarias y, en su caso, comunicación a las autoridades.

Criterio clave: la Fiscalía enfatiza que el cumplimiento formal del modelo no es suficiente. El programa debe ser genuinamente eficaz, lo que exige demostrar que se aplica de forma real y no meramente documental.

Canal de denuncias: cumplimiento de la Directiva Whistleblowing

Desde diciembre de 2023, las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a disponer de un canal de denuncias interno que cumpla con los requisitos de la Ley 2/2023, que transpone la Directiva Whistleblowing. En 2026, la Fiscalía ha reforzado su criterio: la ausencia de un canal conforme será valorada negativamente en sede de responsabilidad penal.

Los requisitos mínimos del canal de denuncias son:

  • Posibilidad de denuncia anónima.
  • Acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días.
  • Investigación diligente y confidencial.
  • Comunicación del resultado al denunciante en un plazo máximo de 3 meses.
  • Prohibición expresa de represalias contra el denunciante.

Sectores con mayor riesgo en 2026

La Fiscalía identifica los siguientes sectores como de especial atención en 2026 por el mayor riesgo de comisión de delitos corporativos:

SectorDelitos de mayor riesgo
Construcción e inmobiliarioCohecho, corrupción urbanística, fraude fiscal
Tecnología y fintechBlanqueo, estafa informática, protección de datos
Comercio internacionalEvasión fiscal, cohecho a funcionarios extranjeros
Alimentación y farmaciaDelitos contra la salud pública, fraude alimentario

¿Qué deben hacer las empresas medianas ahora?

Le recomendamos llevar a cabo una auditoría del programa de compliance vigente para verificar que cumple con los nuevos criterios de la Fiscalía. En particular, resulta urgente revisar:

  • La actualización del mapa de riesgos penales.
  • El funcionamiento efectivo del canal de denuncias y su adecuación a la Ley 2/2023.
  • La independencia real del órgano de compliance.
  • El registro documental de la formación impartida.

En Castellana Law Firm disponemos de un equipo especializado en compliance penal corporativo. Podemos diseñar, revisar o auditar su programa de cumplimiento.

Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Las circunstancias de cada caso son únicas. Para obtener asesoramiento adaptado a su situación, le recomendamos contactar con uno de nuestros abogados.